La oficina integral de atención a víctimas y familiares de fallecidos en accidentes ferroviarios, ubicada en la Subdelegación del Gobierno en Huelva, ha atendido desde su puesta en marcha a 23 personas afectadas, a las que se les ha prestado información, acompañamiento y apoyo administrativo en la tramitación dependiente de la Administración General del Estado, incluidos los procedimientos relacionados con el Real Decreto-ley que regula las ayudas e indemnizaciones aprobadas por el Gobierno de España.
La subdelegada del Gobierno en Huelva, María José Rico, ha destacado que el objetivo “prioritario” de este recurso es ofrecer “una atención cercana, humana y personalizada a las víctimas y a sus familias”, para que “todo aquel que lo necesite reciba información, pueda resolver sus dudas y encuentre la ayuda necesaria en sus trámites con los organismos estatales”, según ha indicado en una nota informativa.
Atención reforzada en Huelva
Con este fin, se han habilitado oficinas de atención integral en todas las subdelegaciones del Gobierno de la comunidad autónoma andaluza, si bien la de Huelva cuenta con un refuerzo especial, al tratarse de la provincia que concentra el mayor número de víctimas.
Los familiares de las personas fallecidas y las personas lesionadas pueden dirigirse a esta subdelegación de manera presencial, contactar telefónicamente o enviar un correo electrónico, tanto para realizar consultas como para solicitar cita previa.
En aquellos casos en los que la persona no pueda desplazarse o tenga dificultades para hacerlo, el servicio ‘Administración cerca de ti’ se desplazará hasta su ubicación. Además, cada persona será atendida siempre por el mismo personal, con el objetivo de garantizar la máxima atención individualizada y ajustada a sus circunstancias personales.
El Real Decreto-ley de ayudas
El Real Decreto-ley, publicado el pasado miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), regula las ayudas extraordinarias acordadas por el Gobierno de España por un importe total de 20 millones de euros, destinadas a atender con rapidez las necesidades de las personas afectadas.
De esta cuantía, 10 millones de euros se destinan a ayudas directas y otros 10 millones se habilitan como anticipo de las indemnizaciones de los seguros, en el marco del seguro de responsabilidad civil.
Estas ayudas serán compatibles con las indemnizaciones de los seguros obligatorios y de responsabilidad civil, estarán exentas de tributación y se abonarán en un único pago, tanto en concepto de ayudas inmediatas como de adelanto de las indemnizaciones de los seguros de accidente.
Se trata de medidas de carácter económico dirigidas a acelerar la percepción de ayudas, adelantar parte de las indemnizaciones correspondientes y evitar las esperas propias de los procedimientos ordinarios de los seguros.
Cuantías y alcance de las ayudas
En los casos de fallecimiento, se establece una ayuda directa de algo más de 72.000 euros por cada persona fallecida, así como la misma cuantía en concepto de anticipo del seguro.
En los supuestos de lesiones corporales, las ayudas se estructuran en función de niveles de gravedad, con importes que van desde algo más de 2.400 euros en los casos de menor entidad hasta más de 84.000 euros en las lesiones de máxima gravedad, siendo idénticas las cifras correspondientes al anticipo del seguro.
Estas ayudas se sumarán a los mecanismos ya existentes en el ordenamiento jurídico vigente y serán complementarias a los planes, seguros y coberturas previstos en la ley para las víctimas de accidentes ferroviarios, percibiéndose íntegramente al estar exentas de tributación.
Hacia un mecanismo estructural
De forma complementaria, se iniciarán modificaciones normativas para la futura implementación de este tipo de medidas en el ordenamiento jurídico español, con el objetivo de articular un mecanismo estructural de intervención pública que permita al Estado asumir de forma anticipada el abono de un porcentaje de las indemnizaciones por daños personales derivados de accidentes de transporte colectivo, sin perjuicio de la posterior determinación de la responsabilidad civil de las personas físicas o jurídicas responsables.
